La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) concede a las empleadas del hogar el derecho a percibir el subsidio de desempleo para mayores de 52 años a pesar de no haber cotizado al menos 6 años en un régimen que proteja dicha contingencia.
En el caso enjuiciado, la demandante, de 58 años, figuró encuadrada en el Régimen Especial de Empleados de Hogar en tres periodos diferentes: entre el 1 de mayo de 1985 y el 31 de julio de 1993; entre el 1 de septiembre de 2000 y el 31 de diciembre de 2012; y entre el 1 de febrero de 2012 y el 1 de julio de 2012.
La mujer formuló petición de subsidio para mayores de 52 años ante el SPEE el 15 de marzo de 2023, que le fue denegado por no haber cotizado al menos 6 años en un régimen que proteja la contingencia del desempleo.
La demandante solo pudo cotizar al desempleo a partir del 1 de octubre de 2022, cuando se modificó el Real Decreto-ley 16/2022, puesto que hasta entonces no tenía posibilidad legal de hacerlo. Cuando instó la reclamación, había cotizado 1.762 días cuando el mínimo se situaba en 2.160.
El Tribunal, que confirma la sentencia de instancia y, por tanto, la estimación de la demanda, argumenta que la normativa nacional que excluía a las empleadas del hogar de la cotización del desempleo fue declarada nula en una sentencia dictada el 24 de febrero de 2022 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que estimó contraria al derecho comunitario la disposición nacional que excluía a los trabajadores del hogar de las prestaciones por desempleo.